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Las nuevas reglas para declarar y regularizar ahorros

La Ley de Inocencia Fiscal entró en vigencia este viernes tras su publicación en el Boletín Oficial. Desde hoy, los contribuyentes cuentan con nuevas reglas para la declaración y regularización de ahorros no bancarizados y para la determinación de responsabilidades ante presuntas infracciones tributarias.


El texto promulgado establece un marco orientado a facilitar la relación entre los ciudadanos y el Estado en materia fiscal, incluyendo cambios en los montos mínimos para sancionar penalmente el delito de evasión, nuevas modalidades para la presentación de declaraciones juradas y la creación de un sistema de presunciones favorables para quienes cumplen con las obligaciones impositivas.

La ley, sancionada en el Congreso el 26 de diciembre y promulgada hoy, rige de manera inmediata pese a que bancos y especialistas esperan todavía precisiones y reglamentaciones extra. La publicación en el Boletín Oficial otorga vigencia plena a sus disposiciones, en línea con el principio de publicidad de los actos de gobierno. La normativa apunta a brindar seguridad jurídica a los contribuyentes, a la vez que introduce herramientas para la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) en la fiscalización y control del cumplimiento tributario.

“Falta la reglamentación del Poder Ejecutivo, es decir, el decreto reglamentario de la ley. Por ejemplo, la ley habilita al Ejecutivo, en el tema de la declaración jurada simplificada, a establecer más condiciones. Hoy, lo que dice la norma es que el sujeto tiene que tener ingresos hasta $1.000 millones, patrimonio hasta $10.000 millones y no ser gran contribuyente en los últimos dos períodos fiscales y en el corriente. También dice que el Poder Ejecutivo puede incorporar otras restricciones, otras condiciones. Entonces, hay que ver si lo hace”, señala Sebastián Domínguez, tributarista.

El especialista explica que la reglamentación pendiente también involucra a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA): “ARCA tiene que reglamentar cómo va a ser la declaración jurada simplificada. La ley no dice si ARCA va a poner a disposición ingresos, gastos y deducciones. No dice si uno tiene que aceptar o rechazar eso, o si puede editar la información y modificarla, que es lo lógico, pero la ley no lo dice. Eso va a tener que surgir de la reglamentación por decreto y de la resolución que establezca cómo va a ser el sistema, porque ARCA no tiene toda la información, y la que tiene a veces hay que cambiarla”.

Uno de los ejes centrales de la Ley de Inocencia Fiscal radica en la actualización de los montos y parámetros para definir la evasión simple y agravada. El límite para considerar un hecho como delito penal tributario subió a $100 millones, según el nuevo artículo 1º del Régimen Penal Tributario. Para la evasión agravada, la base pasó a $1.000 millones. En otros apartados, la normativa también elevó montos mínimos para la aplicación de multas y sanciones administrativas, con valores que van desde los 6 millones hasta los $67,5 millones, dependiendo del tipo de infracción y del contribuyente.

El régimen introduce una declaración jurada simplificada para personas humanas y sucesiones indivisas con ingresos anuales de hasta $1.000 millones y patrimonio de hasta $10.000 millones , siempre que no califiquen como grandes contribuyentes nacionales. Quienes adhieran a esta modalidad podrán acceder a un efecto liberatorio del pago, siempre que acepten la declaración propuesta por la agencia y abonen el importe correspondiente en término. De este modo, se considerarán satisfechas las obligaciones formales y materiales del impuesto a las ganancias para el período fiscal declarado.

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