La medida fue oficializada a través de la Comunicación “A” 8288/2025 y habilitada por la Ley Bases, sancionada el año pasado en el Congreso. Se trata de un régimen opcional y que permite reemplazar la indemnización por antigüedad prevista en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.
El Banco Central reglamentó las cuentas especiales para depósitos del Fondo de Cese Laboral, un mecanismo optativo instalado por la gestión libertaria, que busca beneficiar a las empresas en materia de indemnizaciones en detrimento de las y los trabajadores.
La medida fue oficializada a través de la Comunicación “A” 8288/2025 que se conoció en las últimas horas.
Se trata de un régimen opcional y que permite reemplazar la indemnización por antigüedad prevista en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (sueldo por año trabajado).
La medida fue habilitada mediante el Decreto 847/2024, integrado a la Ley de Bases (Ley 27.742).
En resumen, el plan contempla la constitución de Fondos Comunes de Inversión (FCI) o Fideicomisos Financieros (FF) que deben incluir explícitamente “Cese Laboral” en su denominación.
Los aportes son realizados por el empleador, y también pueden ser voluntarios por parte del trabajador si así lo acuerdan las partes mediante convenio colectivo. El problema con esta medida es, entre otras cosas, que se trata de una relación desigual donde quien ejerce más poder es el empleador por encima del trabajador.
El aporte mensual máximo será generalmente del 8% de la remuneración computable, aunque en algunos sectores —como UOCRA— el primer año llega al 12%.









