El Senado de la Nación aprobó la semana pasada el proyecto que impulsó AFIP.
El Senado de la Nación convirtió en ley el proyecto que impulsó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para modificar el régimen de Monotributo. Uno de los principales cambios que establece la norma es que actualiza los topes de cada categoría y crea un puente para facilitar el ingreso al régimen general.
Las modificaciones serían una buena noticia para “3,7 millones de personas que se acogen a este régimen”, según evaluó el senador Carlos Caserio, titular de la Comisión de Presupuesto y Hacienda. “Es un proyecto que traerá mayores ingresos y se traducirá en movimientos económicos de la mano de un mayor consumo. La reforma será una contribución para que el Estado tenga más recursos y va a disminuir el gasto público porque va a tener menos necesidades que atender”, dijo durante el tratamiento del proyecto.
La norma permitiría facilitar la transición entre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributo) al Régimen General (contribuyentes alcanzados por IVA e Ingresos Brutos), tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar. Además, permitirá aliviar la carga de los contribuyentes que son excluidos del régimen simplificado y actualizar los topes de cada categoría del monotributo, que aún no lo hicieron como consecuencia de la suspensión del índice de movilidad previsional.
Actualizaciones
Para la actualización de las escalas y montos, correspondientes al período 2020 se considerará la variación del haber mínimo de jubilaciones y pensiones de ese año. Cabe recordar que quedó sin efecto la actualización que se usaba hasta el año pasado, que era la movilidad jubilatoria. Este porcentaje de suba de la escala y montos sería del 35,3%.
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La iniciativa establece que para los monotributistas que durante 2021 se hayan sobrepasado en hasta un 25% del tope de la facturación que define la categoría más alta, se le va a ofrecer la oportunidad de mantenerse en la misma categoría sin necesidad de cambiarse al régimen general, según publicó Página 12.
Por otra parte, aquellos contribuyentes con facturación excedida en más del 25%, podrán acceder al nuevo “Procedimiento Transitorio de acceso al Régimen General”. Este mecanismo les permite tener una deducción del IVA para algunas operatorias específicas y también podrán deducir del pago de Impuesto a las Ganancias los importes de las adquisiciones con relación directa a su actividad gravada y una deducción adicional. En total, el contribuyente que pase voluntariamente al régimen general tiene cuatro años de beneficios por descuentos del IVA.