ARCA oficializó la actualización de las escalas del monotributo con un ajuste del 15,4% y confirmó que no habrá nuevos aumentos hasta 2026. Además, se habilitó el período de recategorización para quienes deban modificar su condición fiscal. La medida busca brindar previsibilidad a los contribuyentes y mantener el sistema ajustado a la inflación acumulada del primer semestre.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó la actualización de los valores de las escalas del régimen del monotributo, con un incremento del 15,4% correspondiente a la inflación acumulada del primer semestre de 2025. Las nuevas cifras comenzarán a regir desde el 1° de agosto y se aplican tanto al monto de ingresos brutos permitidos por categoría como a las cuotas mensuales a abonar por los contribuyentes.
En este marco, se confirmó que no habrá nuevos aumentos en el esquema hasta 2026. La medida fue celebrada por distintos sectores de trabajadores independientes, dado que ofrece previsibilidad fiscal para el próximo año. Según detalló ARCA, la categoría A tendrá un tope de ingresos de $8.992.597,87, con un total mensual de $37.085,74 a pagar, mientras que la categoría K, la más alta, tendrá un límite de $94.805.682,90, con un pago de hasta $1.208.890,60 para servicios.
El total a pagar por cada categoría varía según si el contribuyente presta servicios o comercializa bienes. En el caso de los servicios, el tributo resulta significativamente mayor a partir de la categoría E. Por ejemplo, en la categoría H, el monto mensual es de $391.400,62 en servicios, frente a \$238.038,48 en bienes. Las diferencias surgen del valor del impuesto integrado, mientras que los aportes previsionales y de obra social se mantienen unificados.
Trámites de recategorización y plazos
De forma paralela, desde principios de julio los monotributistas pueden acceder al proceso de recategorización, que estará habilitado hasta el 5 de agosto. Se trata de un trámite obligatorio para quienes hayan tenido modificaciones en sus ingresos, gastos, o condiciones de trabajo durante los últimos 12 meses. Para realizarlo, se debe ingresar al Portal Monotributo con CUIT y clave fiscal, y seguir los pasos detallados en la opción “Recategorización”.
El sistema solicitará declarar la facturación anual y si se utiliza o no un local para ejercer la actividad. A partir de esta información, se determinará automáticamente la nueva categoría correspondiente. El contribuyente podrá revisar, corregir y confirmar los datos antes de finalizar el procedimiento. La recategorización solo puede realizarse en los meses de enero y julio, por lo que quienes no lo hagan dentro del plazo establecido deberán esperar hasta el próximo período habilitado.
La estabilidad en los valores del monotributo hasta 2026, sumada a la posibilidad de adecuar las escalas en función de la actividad real, representa una medida de alivio para los pequeños contribuyentes. En este contexto, ARCA destacó la importancia de que cada persona revise su situación fiscal para evitar inconsistencias en sus obligaciones tributarias.









