El piso del pago se eleva a $ 150.000. Trabajadores cobrarán una devolución retroactiva.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la ley 27.617, que eleva el piso del pago del impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría a un mínimo de $ 150.000. Lo hizo a través de la resolución general 5008/2021 publicada este martes en el Boletín Oficial.
Además, el organismo determinó que más de 1.200.000 trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia cobrarán a partir de julio, en cinco cuotas consecutivas, la devolución retroactiva de lo descontado desde enero. Los cambios también alcanzan al aguinaldo con un salario bruto de $ 150.000.
La normativa también instrumentó las modificaciones introducidas por la Ley 27.617, en relación con la eliminación del tope de edad para la deducción de Ganancias correspondiente a los hijos y las hijas con discapacidad. Del mismo modo incorporó la deducción por pareja conviviente, antes reconocida sólo para cónyuges, y eximió al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta setiembre próximo.
Jubilaciones
En el caso de las jubilaciones, no tributarán el gravamen quienes ganen hasta ocho haberes mínimos, aunque tengan ingresos extras hasta los $ 164.000 anuales. También, se mantiene el beneficio del “22% adicional” en la región patagónica, pero con una carga tributaria menor que el resto de los contribuyentes, lo que “beneficiará a alrededor de 83.500 empleados y jubilados”.
Del pago de Ganancias se excluyó al reintegro de gastos de guardería para los hijos e hijas de hasta tres años, con un monto de hasta $ 67.000 por año.
La normativa, en tanto, incrementó el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben presentar la declaración jurada informativa para Ganancias y Bienes Personales a $ 2,5 millones.