La decisión se plasmó en la Resolución General 5480/2023, tomada “por razones de administración tributaria y en concordancia con las peticiones efectuadas por las entidades representativas de los profesionales en ciencias económicas“, de acuerdo con lo señalado por el organismo recaudador en los considerandos.
Según explicaron desde AFIP; tendrán que recategorizarse los contribuyentes cuyos ingresos hayan sido superiores o inferiores a los de la categoría vigente.

Los monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar acción alguna. A su vez, no corresponde la recategorización si transcurrieron menos de seis meses desde la inscripción.
Para realizar la inscripción en la nueva categoría del monotributo hay que ingresar al portal monotributo.afip.gob.ar con CUIT y clave fiscal, seleccionar la opción “recategorizarme” y el sistema informará automáticamente la categoría actual y los topes de cada parámetro. Luego, se debe seleccionar “continuar recategorización”.









