Además dieron a conocer el nuevo cronograma de vencimientos.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó por 9 meses las obligaciones fiscales y se suspendieron intimaciones, juicios de ejecución y trabas de embargos. Alcanza a Impuestos a las Ganancias, Bienes Personales, Valor Agregado, Fondo para Cooperativas, Contribuciones de la Seguridad Social, al Régimen Previsional de Autónomos y Monotributistas, beneficiando a empresas y contribuyentes de Corrientes que fueron afectados por los incendios.
De esta manera, dieron a conocer el nuevo cronograma de vencimientos:
Del 1 de marzo al 30 de abril pasan al 23 de enero de 2023.
Del 1 de mayo al 30 de junio pasan al 22 de febrero de 2023.
Del 1 de julio al 31 de agosto pasan al 21 de marzo de 2023.
Del 1 septiembre al 31 de octubre pasan al 21 de abril de 2023.
Del 1 de noviembre al 31 de diciembre pasan al 22 de mayo de 2023.
Cuando se trate de ejecuciones fiscales iniciadas con anterioridad a la entrada en vigencia de esta normativa de la AFIP, las mismas serán paralizadas.
En caso que se hubieren trabado embargos sobre fondos o valores de cualquier naturaleza, AFIP arbitrará los medios para el levantamiento de la medida cautelar, sin transferencia de las sumas efectivamente incautadas, las que quedarán a disposición del contribuyente.