El organismo confirmó este jueves a través de la Resolución General 5165/2022 publicada en el Boletín Oficial la extensión de los plazos de presentación.
De acuerdo a la Resolución 5165, los conceptos ingresados como pagos a cuenta deberán ser informados a través del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) mediante la presentación del Formulario web F572.
Para utilizar este servicio online, los contribuyentes tienen que utilizar una clave fiscal con nivel de seguridad 2 o superior.
Al ingresar al servicio, pueden informar las deducciones anuales en el Impuesto a las Ganancias, así como también las percepciones que se le hubiesen practicado durante el período e ingresos adicionales, en caso de pluriempleo.
Por otra parte, desde AFIP explicaron que las deducciones se ingresan a través de la web del organismo mediante el sistema SIRADIG-Trabajador: allí deberán consignarse los datos personales y los del empleador.
Luego, deberán cargarse las distintas deducciones y desgravaciones en el formulario web, que al finalizar será enviado al empleador.
El organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont recordó que los contribuyentes pueden deducir las cargas de familia (hija, hijo, cónyuge o conviviente); la remuneración del personal de casas particulares; hasta el 40% del monto de alquileres registrados ante la AFIP; cuotas médico asistenciales complementarios a la obra social; intereses por préstamos hipotecarios vinculados a la compra o construcción de inmuebles destinados a casa-habitación; donaciones realizadas a diferentes instituciones; los importes abonados en concepto de primas de seguro y gastos de sepelio, entre otros.